Fichar con la huella dactilar está prohibido

Fichar con la Huella Dactilar está prohibido

“Fichar con la huella dactilar está prohibido” y lo que tu empresa debe saber

Cuando vemos la frase “fichar con la huella dactilar está prohibido” quizá pensamos que es una exageración, pero en realidad es una realidad legal que todas las empresas en España deben conocer. En este artículo te explico por qué “fichar con la huella dactilar está prohibido”, qué riesgo supone, qué sanciones acarrea y cuál es la alternativa segura de registro de jornada para tu empresa.

¿Por qué se dice que “fichar con la huella dactilar está prohibido”?

La razón principal por la que se repite que “fichar con la huella dactilar está prohibido” es que los datos biométricos —como la huella dactilar— se consideran datos de categoría especial según el Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Agencia Española de Protección de Datos
El artículo 9 del RGPD establece que el tratamiento de datos biométricos dirigidos a identificar de forma unívoca a una persona física es una categoría especial de datos personales. Agencia Tributaria+2Barrilero+2
Por tanto, cuando una empresa decide implementar un sistema de fichaje mediante huella dactilar, está implicando un tratamiento de datos especialmente protegidos. Si además existen alternativas menos intrusivas (como tarjetas, códigos o aplicaciones) para llevar el registro de jornada, la AEPD considera que “fichar con la huella dactilar está prohibido” en la práctica porque no se cumple el principio de minimización ni la proporcionalidad del tratamiento. Stelorder+1

¿Qué supone concretamente que “fichar con la huella dactilar está prohibido”?

Cuando se dice que “fichar con la huella dactilar está prohibido”, se está haciendo referencia a que no hay una habilitación legal clara en la normativa laboral española que permita usar esos datos biométricos para el registro de la jornada. Cuatrecasas+1
La AEPD ha señalado expresamente que la mera existencia de un consentimiento del trabajador no es suficiente, debido al desequilibrio entre la empresa y el trabajador. Barrilero+1
En la guía publicada por la AEPD sobre tratamientos de control de presencia mediante sistemas biométricos se indica que, salvo una norma de rango legal que habilite expresamente el uso de datos biométricos para este fin, fichar con la huella dactilar está prohibido. Cuatrecasas+1
Por tanto, una empresa que siga aplicando un sistema de fichaje mediante huella dactilar se expone a que se considere un tratamiento ilegítimo de datos sensibles.

¿Qué sanciones acarrea si se prosigue “fichar con la huella dactilar está prohibido”?

La advertencia “fichar con la huella dactilar está prohibido” no es solo una frase: tiene consecuencias reales. Las sanciones impuestas lo demuestran.

  • Una empresa fue sancionada con 365.000 euros por recoger huellas dactilares de sus empleados sin cumplir con los requisitos del RGPD. Tirant Prime+1

  • Otro caso recogió una sanción de 220.000 euros por obligar a fichar mediante reconocimiento facial (otro método biométrico) sin otra alternativa. Emprendedores+1

  • En otros casos más leves la multa ha sido de 20.000 euros por utilizar sistema de huella dactilar para fichaje laboral en una entidad como colegio notarial. elDiario.es

Por tanto, cuando hablamos de que “fichar con la huella dactilar está prohibido”, estamos advirtiendo que la práctica puede dar lugar a multas millonarias, así que no es algo que se pueda dejar para “más adelante”.

¿Y ahora qué hacer si tu empresa está usando fichaje biométrico?

Si todavía utilizas un sistema para fichar mediante huella dactilar, es momento de tomar medidas cuanto antes. Qué pasos se recomiendan:

  1. Suspenda inmediatamente el uso del sistema de huella dactilar para registro de jornada.

  2. Informar a los trabajadores y consultar con los representantes de los trabajadores cualquier cambio en el sistema.

  3. Implantar un método alternativo que cumpla la normativa de registro de jornada y protección de datos: tarjetas, códigos, apps con geolocalización, etc.

  4. Conservar los registros correspondientes conforme al Real Decreto‑ley 8/2019 (al menos 4 años) y ponerlos a disposición de los trabajadores, sus representantes y la Inspección de Trabajo. Wolters Kluwer

En definitiva: “fichar con la huella dactilar está prohibido” ya no es una opción, sino una advertencia clara que hay que tener muy presente si se quiere evitar riesgos legales.

Nuestra solución: la alternativa segura y legal

En este contexto donde “fichar con la huella dactilar está prohibido”, aparece como imprescindible disponer de una herramienta de control horario que sea legal, sencilla y segura. Aquí es donde entra en juego Checkingjob como la mejor alternativa:

  • Sistema de registro de jornada digital que no requiere datos biométricos, cumpliendo plenamente los criterios de la AEPD y el RGPD.

  • Plataforma adaptada a pymes y autónomos, con experiencia real en auditorías y juicios laborales.

  • Registro fiable de entradas, salidas y pausas, con almacenamiento conforme a la normativa y acceso para trabajadores, representantes y autoridades.

  • Evitas el riesgo de “fichar con la huella dactilar está prohibido” y sus consecuencias: simplemente cumples normativamente y te quedas tranquilo.

Conclusión

Por todo lo expuesto, la frase “fichar con la huella dactilar está prohibido” no es una exageración: es una realidad normativa que todas las empresas deben tener bien presente. Utilizar datos biométricos sin base legal para registrar la jornada laboral supone un riesgo grave para la empresa, tanto por la vulneración de derechos como por las sanciones que pueden llegar.
La buena noticia es que existen alternativas plenamente legales y efectivas. Si buscas que tu empresa esté cubierta, cumpla la normativa y pueda centrarse en su negocio sin sobresaltos, Checkingjob es la solución que necesitas.

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